tag:blogger.com,1999:blog-8328530332069656655.post7503534506430604133..comments2024-01-16T12:42:28.488+00:00Comments on Notas de Jurisprudencia y Doctrina Civil, Mercantil, Penal y Procesal: Penal – P. Especial. Falsificación de tarjetas de crédito. Estafa. Concurso. La relación entre el apartado tercero del art. 399 bis (uso de las tarjetas a sabiendas de su falsedad sin participar en la falsificación) y la estafa de art. 248.2 c) del CP (los que utilizando tarjetas de crédito, realicen operaciones de cualquier clase en perjuicio de su titular o de un tercero) es la del concurso de normas. Pero la relación entre el apartado primero de dicho artículo (falsificación de las tarjetas) y la estafa cometida a través de su uso posterior, del art 248 2 c), es la del concurso ideal o instrumental del art 77 CP.Juan José Cobo Planahttp://www.blogger.com/profile/14826995514294727329noreply@blogger.comBlogger1125tag:blogger.com,1999:blog-8328530332069656655.post-43625625254774944502017-01-17T20:16:22.306+00:002017-01-17T20:16:22.306+00:00Y la relación entre el 399 bis.3 y 248.1 ¿cual ser...Y la relación entre el 399 bis.3 y 248.1 ¿cual sería? concurso de normas o concurso medialJ. Raúlhttps://www.blogger.com/profile/07029652412960723362noreply@blogger.com