Sentencia del
Tribunal Supremo de 19 de febrero de 2020 (D. Rafael Sarazá Jimena).
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PRIMERO.- Antecedentes del caso
1.- Tras promover un juicio monitorio
en el que se formuló oposición basada en la existencia de cláusulas abusivas,
Pegaso Consumer Loans Limited (en lo sucesivo, Pegaso) presentó una demanda de
juicio ordinario contra D.ª Gracia en la que le reclamaba 6.335,42 euros. La
reclamación se basaba en la existencia de un préstamo personal concedido por
Celeris (que posteriormente cedió su crédito a Pegaso) a D.ª Gracia, de 15.800
euros, a devolver en 96 cuotas mensuales, para financiar la compra de un
automóvil. La demandante, con base en la estipulación 11.ª del contrato, lo dio
por vencido anticipadamente tras un impago de cuatro cuotas mensuales seguidas,
liquidó la deuda y reclamó, además del capital de las cuotas impagadas, sus
intereses ordinarios y de demora y las comisiones por el impago de tales
cuotas, el capital pendiente de amortizar.
2.- La estipulación 11.ª del contrato,
en la que la demandante se basó para dar por vencido anticipadamente el
préstamo, liquidar la deuda y reclamar no solo las cuotas vencidas e impagadas,
sus intereses y comisiones, sino también el capital pendiente de amortizar,
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