Sentencia del Tribunal Supremo de 14 de
septiembre de 2016 (D. Juan Saavedra Ruiz).
[Ver esta resolución
completa en Tirant On Line Premium. http://www.tirantonline.com/tol]
QUINTO.- ... 3.2. El motivo sexto tiene por objeto
los abusos cometidos sobre el menor Luis Pablo. ...
En relación con el primer punto se
trata en realidad de denunciar la infracción de ley consistente en la indebida
aplicación al caso del artículo 183.1 CP, texto previgente. Entiende el
recurrente que los hechos probados suponen un ataque de menor entidad a la
indemnidad sexual del menor y que por ello no merecen el reproche penal
decidido por la Audiencia, pudiendo calificarse como una falta de vejaciones
prevista en el ya derogado artículo 620.2 CP por la L.O. 1/2015. Sin embargo,
la supresión de la falta tampoco llevaría consigo la atipicidad penal de la
conducta puesto que el nuevo artículo 172.3 se ha modificado añadiéndole un
tercer párrafo que califica como coacción el que cause a otro una coacción de
carácter leve.
En principio los abusos sexuales
básicos (artículo 181 CP) exigen la realización de actos que atenten contra la
libertad o la indemnidad sexual de otra persona, sin violencia o intimidación y
sin que medie consentimiento, de forma que ello supone la ejecución de una
conducta por parte del sujeto activo sobre el pasivo que vulnere dicho bien
protegido, en este caso, fuera de los subtipos agravados, consistente en
tocamientos, caricias, besos, etc. En el caso, desestimada la primera parte del
motivo, debemos partir del hecho probado por la Audiencia donde se relata
".... cuando el menor acudía solo, lo que ocurrió en reiteradas ocasiones
a lo largo del período expresado, tras dar a este un beso en la mejilla y un
abrazo a modo de saludo, una vez dentro de garaje, con la finalidad de
satisfacer sus deseos libinidosos (sic), bajaba la persiana del mismo y
acercándose al menor por detrás, lo abrazaba e iba bajando las manos hasta los
genitales, tocándole éstos por encima de la ropa".