Sentencia del Tribunal Supremo (1ª) de 16 de marzo de 2021 (D. FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS).
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PRIMERO.- Antecedentes.
1.- Acción ejercitada y sentencia de
primera instancia.
El presente recurso trae causa de la
demanda promovida por los actores de protección del derecho al honor y a la
intimidad personal de su hermana fallecida, Dña. Bárbara, conocida como "
Perla", tras haber intervenido en programas televisivos de entretenimiento
nocturno, por las declaraciones emitidas con fecha de 11 de noviembre de 2016
en los programas "Sálvame Diario" y "Deluxe", en los que se
habría afirmado, entre otras manifestaciones, que la fallecida sufría de
dependencias muy importantes, con ingesta constante y severa de alcohol, así
como de cocaína, además de diversos fármacos psicotrópicos y ansiolíticos
recetados por su médico, y se aireaba la vida sentimental de la fallecida,
afirmando que sus parejas la habían robado, pegado y engañado, con emisión de
imágenes del piso de Dña. Bárbara y con entrevistas al personal sanitario que
la atendió tras su ingreso en el Hospital La Paz.
Por la empresa demandada se formuló
oposición a la demanda al considerar que no habría existido ánimo denigrante ni
vejatorio a la hora de abordar la historia de Dña. Bárbara que habría sido personaje
público, y cuya vida habría sido abordada por diversos artículos de prensa en
los que se recogían anécdotas de su vida, entre otras, como haber ejercido la
prostitución, su condena por un delito de estafa, sus problemas sentimentales
con sus parejas y sus dificultades de salud debido a la bulimia.
La sentencia de primera instancia,
con desestimación de la demanda, concluyó que tanto Dña. Bárbara como su
familia, intervinieron en programas de la demandada exponiendo datos de su vida
privada como objeto de crónica social (en concreto en el programa
"Sálvame"), estableciendo, así, los límites de su derecho a la
intimidad que, en el presente caso no habían sido franqueados.