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domingo, 12 de abril de 2015

Sociedades. Los acuerdos adoptados con simulación de una junta universal son contrarios al orden público y, en consecuencia, no están sujetos al plazo de caducidad del artículo 116 LSA (205 LSC).

Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona (s. 15ª) de 10 de febrero de 2015.

¿Conoces la FUNDACIÓN VICENTE FERRER?. ¿Apadrinarías un niño/a por solo 18 € al mes?. Yo ya lo he hecho. Se llaman Abhiran y Anji. Tienen 7 y 8 años y una mirada y sonrisa cautivadoras.
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TERCERO.- Hemos de acoger los argumentos de la recurrente en relación con la caducidad de la acción, apreciada por la juez a quo por haberse interpuesto la demanda transcurrido el plazo de un año establecido en el artículo 116.1º de la Ley de Sociedades Anónimas (aplicable al presente caso por razones de índole temporal). Teniendo por objeto la junta la adopción de un acuerdo inscribible -el aumento de capital-, el plazo se computa desde su publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (apartado tercero del artículo 116), plazo que no ha transcurrido al menos en relación con aquel acuerdo.
Además, es jurisprudencia consolidada que los acuerdos adoptados con simulación de una junta universal son contrarios al orden público y, en consecuencia, no están sujetos al plazo de caducidad del artículo 116 (hoy artículo 205 del TRLSC). La sentencia del Tribunal Supremo de 19 de julio de 2007 (ROJ 5814/2007), cuyos argumentos reitera la de 19 de abril de 2010, recoge esa doctrina en los siguientes términos:
" Esta Sala ha sostenido en sentencias anteriores la aplicación del artículo 116.1, segundo inciso, LSA a supuestos como el que nos ocupa, tratando de centrar la aplicación del concepto, ciertamente indeterminado, de orden público en conexión con los principios configuradores de la sociedad y con la protección de accionistas ausentes o minoritarios. Es capital a este efecto la Sentencia de 30 de mayo de 2007, en la que se recoge la doctrina fundamental al respecto. La Sentencia de 28 de noviembre de 2005 ya había indicado que no es fácil la fijación del concepto de orden público que, presentado como excepción a la regla de caducidad que, en efecto, cabe aplicar a los acuerdos nulos (como señala el recurso, en base a las decisiones que cita, sin que ello sea contradictorio en modo alguno con cuanto venimos diciendo), debe ser aprehendido en sentido restrictivo, a fin de evitar que la excepción destruya la regla de caducidad, sin duda establecida para la seguridad del tráfico.

Sociedades. Junta universal. Validez de su constitución y de los acuerdos en ella adoptados, aunque no se hubieran cumplido los requisitos de convocatoria previstos en la ley y los estatutos, siempre que estén presentes o representados todos los socios y acuerden por unanimidad la celebración de la reunión. Debe constar en el acta que todos los asistentes acuerdan, por unanimidad, la celebración de la reunión con carácter de univesal.

Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona (s. 15ª) de 12 de febrero de 2015.

¿Conoces la FUNDACIÓN VICENTE FERRER?. ¿Apadrinarías un niño/a por solo 18 € al mes?. Yo ya lo he hecho. Se llaman Abhiran y Anji. Tienen 7 y 8 años y una mirada y sonrisa cautivadoras.
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3.2.- Aún así, se debe dejar constancia que la singularidad de la denominada junta general universal respecto de la que no tiene dicho carácter consiste en el mantenimiento de la validez de su constitución y de los acuerdos en ella adoptados, aunque no se hubieran cumplido los requisitos de convocatoria previstos en la ley y los estatutos, siempre que estén presentes o representados todos los socios y acuerden por unanimidad la celebración de la reunión (artículo 178 de la Ley de Sociedades de Capital). En tal supuesto se prescinde exclusivamente de los requisitos de convocatoria, por considerar que la presencia de todos los socios y la unanimidad exigida respecto al acuerdo de celebración de la junta garantiza el respeto de sus derechos de asistencia, información y voto cuya protección subyace a las normas sobre forma de convocatoria, que no se considera necesario cumplir en el caso de junta universal.