Sentencia del Tribunal Supremo de 28 de junio de 2013 (D. JOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA).
PRIMERO.-
La
demandante, Dª Verónica, de 58 años de edad, en octubre de 2.004, acudió a la consulta
de la Dra. Eulalia ,
especialista en cirugía estética, con la intención de operarse de las mamas ("mamoplastia")
y abdomen ("abdominoplastia"). Su objetivo no era otro que el de
corregir esos problemas físicos y mejorar su aspecto, mediante la reducción de
mamas y estómago. Se trata de una persona que presenta "obesidad
mórbida", pesaba cien kilogramos, con una estatura de ciento cincuenta
centímetros. Estas circunstancias le estaban ocasionando algunos problemas
físicos, lo que unido a un problema emocional, al parecer se hallaba en
trámites de separación matrimonial, determinaron la práctica de ambas
intervenciones.
Las intervenciones quirúrgicas
se realizan en dos fases diferentes: primero la "mamoplastia",
llevada a cabo el 11 de mayo de 2.005, y posteriormente la
"abdominoplastia", que después de suspenderse en varias ocasiones,
por circunstancias personales de la demandante, finalmente se practicó el 14 de
diciembre de 2.005. La
Sra. Verónica , en principio, seguía interesada en realizarse
otras intervenciones quirúrgicas, bien para mejorar el aspecto externo de las
cicatrices resultantes de las intervenciones precedentes, bien para practicarse
una liposucción de muslos, procurando conseguir un conjunto armónico. Ese fue
uno de los motivos de seguir manteniendo consultas con la doctora Eulalia una
vez concluida la curación de la operación precedente. La relación entre una y
otra se prolongó durante el año 2.006, y el año 2.007, hasta que en el mes de
septiembre, insatisfecha la
Sra. Verónica con el resultado alcanzado, decidió cambiar de
profesional, efectuando consultas en otros centros como la Clínica Teknon , en
Barcelona, El Centro de Cirugía Estética Serrano, en Madrid, o la Clínica Barón , en
Gijón.