Sentencia del Tribunal Supremo de 4 de abril de
2017 (D. EDUARDO BAENA RUIZ).
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PRIMERO.- Resumen de antecedentes.
Son hechos relevantes de la
instancia para la decisión del recurso los que se exponen a continuación:
1.- El Ministerio Fiscal formuló
demanda contra don Carlos Daniel, solicitando que se dictase sentencia por la
que se decretase la incapacidad absoluta del demandado y la rehabilitación de
la patria potestad de ambos padres.
El demandado se opuso a tal
pretensión en su escrito de contestación a la demanda.
2.- El Juzgado de Primera Instancia
declaró la incapacitación parcial de don Carlos Daniel y nombró curador de él a
su padre don Desiderio.
Se limitó la incapacitación, y la
necesidad de asistencia del curador, para los actos de disposición o administración
de sus bienes cuyo importe supere los 400 € mensuales y para las cuestiones
relativas a la curación, seguimiento y tratamiento de su enfermedad.
3.- Motiva su decisión en los
siguientes términos:
(i) El demandado carece de control
por el trastorno de personalidad mixto que padece, con rasgos impulsivos y
antisociales, que no cumple totalmente los requisitos necesarios para su
incapacidad, pero sí precisa control y tratamiento psiquiátrico continuado.
Tal aserto se funda en el informe
del médico forense, como más reciente al ser de 29 de enero de 2015, así como
en los múltiples informes que obran en autos, y recoge la sentencia, a partir
del día 7 de agosto de 2007.
También se tiene en cuenta la
exploración judicial del demandado, en la que se aprecia su renuncia a
medicarse, por negar su trastorno.
Finalmente se relata el suceso
acaecido en el acto de la vista de abandonar la sala sin advertencia alguna y
dando un portazo, tras negarse a contestar al Ministerio Fiscal y poner de
manifiesto su bajo nivel de tolerancia a la frustración.