Sentencia del
Tribunal Supremo de 23 de abril de 2014 (D. CÁNDIDO CONDE-PUMPIDO TOURÓN).
DÉCIMO TERCERO.- El tercer motivo de recurso, por infracción de ley al
amparo del art 849 1º de la Lecrim , denuncia infracción del art 66 CP, así
como 120 y 25 2 CE , al haberse impuesto una pena superior a la solicitada por
el Fiscal, única parte acusadora. En efecto el Ministerio Público solicitó por
el delito de falsedad de documento oficial la pena de 20 meses de prisión y
multa, mientras que el Tribunal sentenciador impuso la de Dos años de prisión y
multa.
El motivo debe ser estimado en lo que s refiere a esta
alegación.. Como se estableció en nuestro Acuerdo Plenario de 20 de diciembre
de 2006, " el Tribunal sentenciador no puede imponer pena superior a la
más grave de las pedidas en concreto por las acusaciones, cualquiera que sea el
tipo de procedimiento por el que se sustancie la causa ".