Sentencia del Tribunal Supremo (1ª) de 13 de septiembre de 2021 (D. FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS).
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PRIMERO.- Antecedentes.
D. Eugenio
interpuso demanda contra Dña. Filomena, en reclamación de cantidad, en concepto
de gastos ordinarios de la comunidad de propietarios y tasa de basuras,
correspondientes a la vivienda de su propiedad, cuyo uso y disfrute se atribuyó
a su ex mujer tras el divorcio.
La parte demandada
se opone a la reclamación efectuada de contrario porque ninguna de las
sentencias dictadas en el Juzgado de Familia se refiere a tales gastos, cuyo
pago por el actor tampoco considera acreditado.
La sentencia
de primera instancia estimó la demanda, para lo que se remite a la SAP Madrid
de 17 de enero de 2014 (núm. 35/2014, dictada por la Sección Vigesimosegunda):
"[...]
es criterio constante de las Secciones de Familia de esta Audiencia Provincial,
coincidente con el sentir del de otras Audiencias Provinciales, que haga frente
por sí y en exclusiva, el ocupante a quien venga atribuido el uso al amparo del
artículo 96 del Código Civil, como único que se beneficia con la utilización, a
cuantos gastos ordinarios y comunes origine el empleo de la vivienda familiar,
desembolsos entre los que se incluyen las cuotas mensuales ordinarias de
comunidad de propietarios, en cuanto derivan y son propias del mantenimiento y
conservación (no así las derramas, cargas y tributos que afecten directamente
al derecho de propiedad), [...]".
Contra dicha
resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, el cual
fue resuelto por la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que
constituye el objeto del presente recurso extraordinario por infracción
procesal y de casación. Dicha resolución desestimó el recurso de apelación
interpuesto, y confirma la sentencia de primera instancia.