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martes, 8 de noviembre de 2011

Procesal Civil. Juicio cambiario. Pagaré. Oposición al pago con base en excepciones personales.

Sentencia de la Audiencia Provincial de Granada (s. 3ª) de 30 de junio de 2011. Pte: ANGELICA AGUADO MAESTRO. (1.540)

SEGUNDO.- De conformidad con la jurisprudencia del Tribunal Supremo recogida en las últimas sentencias de 23 de diciembre del 2010 y 18 de enero de 2011, en el juicio cambiario pueden oponerse al pago de las cantidades consignadas en los títulos cambiarios todas las excepciones personales susceptibles de ser opuestas al amparo del artículo 67 de la Ley cambiaria y del Cheque, sin limitación alguna por razón del procedimiento, lo que nos obliga a un examen completo de la falta de causa planteada por la firmante del pagaré, al insistir en el recurso que los efectos se emitieron con la única finalidad de obtener liquidez y responder a los créditos de las tres empresas que se dedicaban, en conjunto, a la construcción y promoción de viviendas.
[Ver: www.poderjudicial.es  - Accede a la Jurisprudencia]     

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