Formulario de contacto

Nombre

Correo electrónico *

Mensaje *

Mostrando entradas con la etiqueta Experian. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Experian. Mostrar todas las entradas

sábado, 7 de abril de 2018

Protección de datos de carácter personal. Registros de morosos. Deuda derivada de servicios de telefonía móvil. Improcedencia de incluir en los registros de morosos los datos personales relativos a supuestos deudores por créditos dudosos. El TS condena a indemnizar con 10.000 euros a una exclienta de Vodafone incluida en un fichero morosos por no pagar las penalizaciones. La Sala señala que no cabe incluir en ese tipo de ficheros a quienes legítimamente discrepan del acreedor respecto de la existencia y cuantía de la deuda. La inclusión en los registros de morosos no puede constituir una presión ilegítima para que los clientes paguen deudas controvertidas.


Sentencia del Tribunal Supremo de 23 de marzo de 2018 (D. Rafael Sarazá Jimena).

[Ver esta resolución completa en Tirant On Line Premium. http://www.tirantonline.com/tol]
PRIMERO.- Antecedentes del caso
1.- La demandante, D.ª Valentina, firmó un contrato de telefonía con la empresa Vodafone en abril de 2011. Desde el principio de su relación contractual se produjeron irregularidades en la facturación emitida por Vodafone, que D.ª Valentina comunicó a la operadora de telefonía, de modo que esta fue emitiendo diversas facturas rectificativas en las que eliminaba cargos indebidos.
D.ª Valentina, no satisfecha con la actuación de Vodafone, se dio de baja en el servicio en agosto de 2012. Tras esta baja, Vodafone le giró varias facturas, en las que se incluían cantidades correspondientes a penalizaciones. La demandante solo pagó parte de estas facturas, por no estar conforme con su importe total.
2.- Vodafone cedió a Sierra Capital Management 2012 S.L. (en lo sucesivo, Sierra Capital) un crédito de 297,80 euros que afirmaba tener frente a D.ª Valentina. Sierra Capital remitió a D.ª Valentina en julio de 2013 una carta en la que le comunicaba la cesión del crédito, le reclamaba el pago de 297,80 euros y le advertía que si no efectuaba el pago en el plazo de diez días incluiría sus datos en un registro de morosos. D.ª Valentina solo pagó la cantidad de 97,80 euros por no estar conforme con las penalizaciones que se le pretendían cobrar.
3.- Sierra Capital comunicó los datos de la demandante a dos ficheros de datos sobre solvencia patrimonial, Equifax, en agosto de 2013, y Experian, en octubre de 2015, por una deuda de 200 euros. Estos ficheros comunicaron estos datos a varias entidades crediticias. En junio de 2015, D.ª Valentina solicitó una tarjeta de crédito en Banco Popular y le fue denegada por estar incluida en un fichero de morosos.
4.- D.ª Valentina interpuso la demanda origen de este proceso contra Sierra Capital, pues consideró que la inclusión de sus datos en esos registros de morosos no fue lícita y vulneró su derecho al honor, por lo que solicitó que se condenara a Sierra Capital a indemnizarle en diez mil euros.
5.- El Juzgado de Primera Instancia estimó la demanda porque consideró que la deuda por la que se incluyeron los datos personales de la demandante en los registros de morosos era dudosa y no pacífica.
6.- La demandada apeló la sentencia y la Audiencia Provincial estimó el recurso, pues consideró que aunque durante la vigencia del contrato hubo discrepancias entre las partes sobre las cantidades facturadas y Vodafone hubo de rectificar varias facturas, tras la emisión de las últimas facturas no constan nuevas reclamaciones.
Al resolver el contrato, Vodafone emitió dos facturas cuyo importe asciende a una cuota superior a 255 euros más IVA «que se desconoce de dónde la extraer (sic)». El pago parcial hecho por la demandante cuando Sierra Capital le comunicó la cesión del crédito y le reclamó el pago haría presumir la asunción por D.ª Valentina de la corrección de la deuda reclamada. Por tal razón, concurriría el requisito de que la deuda fuera veraz, exacta, vencida y exigible.
Dado que la demandada requirió de pago a la demandante y le advirtió que, de no pagar, incluiría sus datos personales en un registro de morosos, no puede considerarse que su actuación fuera ilícita, concluía la sentencia de la Audiencia Provincial.
7.- La demandante ha interpuesto recurso de casación contra la sentencia de la Audiencia Provincial.