Sentencia del Tribunal Supremo (1ª) de 8 de febrero de 2021 (D. Francisco Marín Castán).
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PRIMERO.- El presente litigio versa sobre la
reclamación de un asegurado contra su aseguradora respecto de la cobertura del
riesgo de invalidez por cualquier causa, y la controversia en casación se
centra en la interpretación de la póliza al definir dicho riesgo. En concreto,
el demandante-recurrente viene sosteniendo desde un principio (con base en que
la falta de claridad de la póliza a la hora de definir el riesgo no puede
operar en su contra) que cabe identificar el riesgo de invalidez por cualquier
causa con el diagnóstico de la enfermedad invalidante, lo que en este caso tuvo
lugar cuando el seguro todavía estaba en vigor. Por el contrario, la sentencia
recurrida considera que, tratándose de un seguro de vida con cobertura complementaria
de invalidez, la jurisprudencia aplicable a esta modalidad de seguro determina
que el riesgo asegurado no sea la enfermedad invalidante sino la invalidez
declarada, lo que en este caso también resultaba del tenor de la póliza y
excluía la cobertura porque la resolución del INSS fue posterior a la fecha de
extinción de la póliza por falta de pago de las primas.
Los antecedentes relevantes para la
decisión del recurso son los siguientes:
1. Se han declarado probados o no se discuten estos hechos:
1.1. El 20 de marzo de 2012 D.
Segismundo, trabajador autónomo afiliado al correspondiente régimen especial de
la Seguridad Social (en adelante SS), suscribió con la aseguradora Axa Aurora
Vida S.A. de Seguros y Reaseguros (actualmente Axa Seguros Generales, Sociedad
Anónima de Seguros y Reaseguros, en adelante Axa) una póliza anual renovable,
denominada "Seguro Vida Plena" (bloque doc. 1 de la demanda), que
además del riesgo de fallecimiento por cualquier causa también cubría el de
invalidez por cualquier causa, en ambos casos con una suma asegurada inicial de
100.000 euros (folio 22 de las actuaciones de primera instancia).