Sentencia del Tribunal Supremo (1ª) de 6 de abril de 2022 (D. PEDRO JOSÉ VELA TORRES).
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PRIMERO.- Resumen de
antecedentes
1.- En noviembre de
2000 se detectaron unos vicios constructivos en un edificio, propiedad de la
comunidad de propietarios de la CALLE000 núm. NUM002 de Valencia, de cuyas
obras había sido arquitecto D. Luciano.
En esa
fecha, el Sr. Luciano tenía concertado un seguro de responsabilidad civil con
la compañía Asemas Mutua de seguros y reaseguros a prima fija (en lo sucesivo,
Asemas).
2.- En el año 2010, la
comunidad de propietarios y varios comuneros formularon una demanda por vicios
constructivos contra la constructora y la promotora del edificio. Y en el año
2013 presentaron una demanda contra el mencionado arquitecto.
Acumulados
ambos procedimientos, recayó sentencia condenatoria contra el Sr. Luciano, de
fecha 16 de mayo de 2014.
3.- El 17 de febrero
de 2016, la comunidad y los citados comuneros interpusieron una demanda contra
Asemas, en la que solicitaban su condena al pago de determinadas
responsabilidades pecuniarias a las que había sido previamente condenado su
asegurado el Sr. Luciano y que no habían podido ser cobradas en la ejecución de
la sentencia condenatoria contra el mismo.
4.- El juzgado de
primera instancia desestimó íntegramente la demanda, al considerar que la
acción estaba prescrita, puesto que la reclamación efectuada al asegurado no
había interrumpido la prescripción de la acción contra la aseguradora.
5.- El recurso de
apelación interpuesto por los demandantes fue desestimado por la Audiencia
Provincial.
6.- Los demandantes
han interpuesto un recurso de casación.