Sentencia del Tribunal Supremo de 26 de
septiembre de 2018 (D. Francisco Monterde Ferrer).
[Ver esta resolución
completa en Tirant On Line Premium. http://www.tirantonline.com/tol]
DÉCIMO PRIMERO.- El décimo cuarto motivo se
ampara en infracción de ley, e inaplicación del art. 268.1 CP, en
relación con Pleno de la Sala Segunda de 1-3-2005.
1. Se reclama la aplicación de la excusa absolutoria
a los cónyuges no separados legalmente o de hecho, por los delitos
patrimoniales que se causaren, dado que en los hechos probados está
suficientemente reiterada la convivencia de Leovigildo y Sonia en la época en
que suceden los hechos, y aunque el Código no lo indique, el referido Pleno
extendió sus efectos a las relaciones de hecho, con convivencia y probadas.
Ello supone que la última no puede exigir responsabilidad al Sr Leovigildo, y
manteniendo ella con el primero la mancomunidad en cuanto a las obligaciones
civiles que contra él puedan determinarse.
2. Esta Sala en sentencias como la 91/2005, de 11/04/2005,
estudió la cuestión, señalando que: «El tema que se plantea es la extensión de
la interpretación de tal precepto a situaciones de hecho similares a la
relación que instituye el matrimonio. En concreto, la cuestión es la siguiente:
la excusa absolutoria prevista en el art. 268.1 del Código penal, relativa a
los delitos patrimoniales que se causaren entre sí, entre otros, los cónyuges,
¿es extensiva también a la persona que esté ligada de forma estable por análoga
relación de afectividad?.
El artículo 268 del Código penal
dispone: " 1. Están exentos de responsabilidad criminal y sujetos
únicamente a la civil los cónyuges que no estuvieren separados legalmente o de
hecho o en proceso judicial de separación, divorcio o nulidad de su matrimonio
y los ascendientes, descendientes y hermanos por naturaleza o por adopción, así
como los afines en primer grado si viviesen juntos, por los delitos
patrimoniales que se causaren entre sí, siempre que no concurra violencia o
intimidación. 2. Esta disposición no es aplicable a los extraños que
participaren en el delito".