Sentencia del Tribunal Supremo (1ª) de 8 de mayo de 2024 (Dª. MARÍA DE LOS ÁNGELES PARRA LUCAN).
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PRIMERO.- Resumen de
antecedentes
El proceso
en el que se plantea el recurso de casación se inicia con una demanda de
declaración de una cuota de propiedad. La demanda es interpuesta por la
exesposa contra el exesposo con apoyo en un documento privado que firmaron
antes de contraer matrimonio tras haber adquirido conjuntamente una vivienda
que luego sólo sería escriturada por el marido como comprador, de modo que en
el Registro de la Propiedad él figura como único propietario. Se discute la
eficacia del documento que refleja un porcentaje de la adquisición.
El juzgado
estimó la demanda y declaró que la esposa era copropietaria del 60% de la
vivienda. La Audiencia Provincial desestimó la demanda atendiendo a que las
partes, después de la compraventa, contrajeron matrimonio y varias cuotas del
préstamo hipotecario se abonaron con dinero ganancial, por lo que el porcentaje
de titularidad de cada cónyuge y de la sociedad de gananciales debe
determinarse en un procedimiento de liquidación de la sociedad de gananciales
conforme a lo aportado.
Recurre en
casación la demandante y su recurso va a ser desestimado.
Son
antecedentes necesarios los siguientes:
1. El 18 septiembre
de 2006, la Sra. Matilde y el Sr. Jose Pablo suscribieron un documento privado
por el que compraban a la Sra. Raimunda una vivienda sita en DIRECCION000 de
DIRECCION001.
El 18 de
diciembre de 2006 se otorga escritura de compraventa en la que únicamente
interviene como comprador el Sr. Jose Pablo. Ese mismo día, la Sra. Matilde y
el Sr. Jose Pablo suscriben un documento privado en que manifiestan lo
siguiente:
"La
vivienda sita en la DIRECCION000 inscrita en el Registro como finca NUM000,
tomo NUM001 libro NUM002. folio NUM003 de la ciudad de DIRECCION001 que a
partir del día 19 de Diciembre de 2006 será inscrita en el Registro a nombre de
Jose Pablo es propiedad de Matilde a 60% y 40% de Jose Pablo, en caso de vender
la casa Matilde serviría este documento para poderse hacer o Jose Pablo podría
hacer efectiva la parte proporcional de Matilde, pero nunca se podría vender
esta sin el consentimiento de Matilde y sin un previo documento que así lo
certifique sirviendo este documento firmado por duplicado v sirviendo este
documento acreditativo en cualquier situación, habiendo que cambiarlo cuando
las dos partes lo acuerden y modificando los datos del Registro que en su día
se deberá efectuar por no ser los actuales datos del Registro a favor de Jose
Pablo".