Sentencia del Tribunal Supremo de 28 de febrero de 2011.
ANTECEDENTES DE HECHO
(...) HECHOS PROBADOS: PRIMERO.- Probado y así se declara que, Abelardo, mayor de edad y sin antecedentes penales, funcionario titular del Cuerpo de Gestión de la Administración de Justicia y con destino en el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Madrid, sobre las 0,45 horas del día 15 de julio de 2007 introdujo en varias bolsas de basura distintos documentos originales, los cuales le estaban confiados para su tramitación por razón de su cargo en el referido organo judicial, consistentes en notificaciones a Fiscalia y Procuradores, traslados de copias, telegramas, diligencias de ingresos de dinero, escritos de parte sin proveer, notificaciones a través del servicio común de notificaciones y embargos, contestaciones de averiguación patrimonial, exhortos sin cumplimentar, demandas de juicios monitorios, documentos pertenecientes a un juicio ejecutivo y un expediente de consignación un testimonio de particulares de un juicio de menor cuantia, una sentencia, exhortos cumplimentados por otros juzgados, devolución de acuses de correo, acuses recibidos del Servicio de Averiguación patrimonial, oficios para librar a dicho organismo y contestaciones a diferentes oficios, todo lo cual hace un total de 2.039 documentos originales, respecto de los cuales el acusado los arrojo en un cubo de basura sito en las dependencias del edificio de los Juzgados de Primera Instancia de la calle Capitan Haya 66 de Madrid con la finalidad de que se destruyeran posteriormente".
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- (...) 3. En lo concerniente al elemento subjetivo del delito es claro que el acusado obró sabiendo lo que hacía, dado que en ningún momento ha alegado haber desconocido el carácter de documentos de los que arrojó al contenedor de la basura. En repetidos precedentes esta Sala ha manifestado que el dolo sólo se excluye por error o ignorancia de los elementos del tipo objetivo.