Sentencia del
Tribunal Supremo (2ª) de 18 de mayo de 2020 (D. PABLO LLARENA CONDE).
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PRIMERO.- La Sección 2.ª de la Audiencia
Provincial de Madrid, en su Procedimiento ante el Tribunal del Jurado
1590/2018, procedente del Procedimiento de esta misma naturaleza 1891/2017 de
los del Juzgado de Instrucción n.º 7 de la misma capital, dictó sentencia el 19
de marzo de 2019 en la que condenó a Argimiro como autor criminalmente
responsable de un delito de homicidio del artículo 138.1 del Código Penal,
concurriendo la circunstancia agravante de abuso de superioridad del artículo
22.2.ª del Código Penal, a las penas de prisión por tiempo de 12 años, 6 meses
y 1 día; inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena; y prohibición
del condenado durante el plazo de 22 años de aproximarse a menos de 500 metros,
y de comunicarse, con Sofía, con los hijos de ésta Samuel y Anibal, así como
con Alfonso. La sentencia también condenaba al acusado a que indemnizara a
Sofía y los hijos de ésta en la cantidad de 150.000 euros a cada uno de ellos,
además de en 30.000 euros a Alfonso.