Sentencia del Tribunal Supremo de 30 de enero de 2025 (D. PEDRO JOSE VELA TORRES).
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PRIMERO.- Resumen de antecedentes
1.-Los días 10 y 11 de diciembre de 2017 tuvo
lugar un temporal con fuertes vientos que dañaron la cubierta de una nave
propiedad de la compañía mercantil Lambone en Casa S.L. (en adelante, Lambone),
sita en el Km 19.100 de la carretera de Rubiana, en O Barco de Valdeorras.
2.-En esas fechas, Lambone tenía suscrito un
seguro de daños con la compañía Generali España de Seguros y Reaseguros S.A.
(en adelante, Generali).
3.-Lambone formuló una demanda contra
Generali, en la que solicitaba que se la condenara al pago de una indemnización
de 13.950 €, conforme al dictamen pericial elaborado por un ingeniero técnico
industrial. La demandante alegó que la aseguradora estaba vinculada por ese
informe, pues al requerirla para que designase uno por su parte, para seguir el
procedimiento extrajudicial del art. 38 de la Ley
de Contratos de Seguro (LCS), no lo hizo.
4.-La aseguradora se opuso a la demanda y
alegó la inaplicabilidad del citado art. 38 LCS,
pues no solo existía disconformidad en relación con la cuantía de la
indemnización, sino que también existía controversia sobre la cobertura del
siniestro, que según ella correspondía al Consorcio de Compensación de Seguros,
al que transfirió la tramitación del siniestro, y que nombró un perito que
determinó que no existía daño indemnizable.
5.-La sentencia de primera instancia estimó
parcialmente la demanda, al considerar que no era de aplicación el art. 38 LCS, pero apreciar que existía cobertura por
parte de la aseguradora y que el daño ascendía 2.800 €.
6.-El recurso de apelación interpuesto por la
aseguradora fue desestimado por la Audiencia Provincial, al considerar que, en
contra de lo afirmado por la parte apelante, la aseguradora sí nombró su
perito, y que el procedimiento del art. 38 LCS quedó
incompleto, ante las discrepancias entre las partes, porque no se dio el
siguiente paso, que hubiera sido nombrar el tercer perito.
7.-Lambone ha interpuesto un recurso
extraordinario por infracción procesal y un recurso de casación.
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