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lunes, 21 de julio de 2014

Mercantil. Banca. Nulidad de un contrato de intercambio de tipos. Error de consentimiento. Falta de información al cliente.

Sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla (s. 6ª) de 30 de abril de 2014 (Dª. FRANCISCA TORRECILLAS MARTINEZ).

[Ver resolución completa en Tirant On Line Premium. http://www.tirantonline.com/tol]
PRIMERO.- En la demanda que da inicio a las actuaciones se ejercitó una acción dirigida a obtener la declaración de nulidad del contrato denominado de "intercambio de tipos" que habían suscrito las partes con fecha 2 de julio de 2007. La actora manifestaba que había celebrado el contrato en la creencia de que se trataba de un contrato de seguro para cubrirse frente a eventuales subidas del EURIBOR, siendo este el tipo de interés al que estaba referenciado el préstamo hipotecario que había suscrito con la entidad demandada.
La entidad bancaria había incumplido los deberes de información y de actuación conforme a las reglas de la buena fe, desconociendo la actora los riesgos que asumía con la suscripción del contrato, lo que había dado lugar a que debiera abonar liquidaciones negativas por lo que el consentimiento estaba viciado por error y el contrato era nulo.
La entidad bancaria demandada se opuso a la demanda, alegó que el contrato era claro en sus términos, habiéndose facilitado información suficiente sobre el funcionamiento del mismo, que no hubo ocultación alguna. Asimismo manifestaba que mediante dicho contrato la demandante había cambiado el tipo variable de su préstamo hipotecario por un tipo fijo y tenía una clara finalidad de cobertura, no siendo un producto especulativo o de inversión. No habiendo existido error ni incumplimiento por parte de la entidad bancaria por lo que la demanda debía ser desestimada.