Sentencia del Tribunal Supremo de 15 de
septiembre de 2017 (D. ANTONIO SALAS CARCELLER).
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QUINTO.- El tercero de los motivos denuncia
la infracción del artículo 1104 CC y de la jurisprudencia de esta sala sobre el
mismo, al no aplicar la Audiencia Provincial en su sentencia el estándar de
diligencia de un buen padre de familia acomodado a las circunstancias de las
personas, del tiempo, del lugar y del entorno físico o social donde se proyecta
la conducta enjuiciada. Se sostiene en la formulación del motivo que la
sentencia exige a los Sres. Amparo Severiano, o a su hijo, un nivel de
diligencia equiparable a la de un perito experto, esto es, muy superior a la
del «buen padre de familia» o al derivado de «las circunstancias de las
personas, del tiempo y del lugar». Dice la sentencia que
«con independencia de que los
demandados o su hijo conocieran las particularidades de la combustión de los colchones,
resulta que la diligencia desplegada no fue la adecuada y exigible para evitar
que el fuego se reavivara. Constituyendo el flexo que se dejó encendido por
descuido al irse a dormir un elemento que puede iniciar la combustión, cuando
cae sobre elementos inertes (colchón) la conducta del hijo mayor de edad y de
quienes son titulares de la vivienda no fue suficientemente diligente en orden
a comprobar y cerciorarse de que el foco de la ignición había sido apagado por
completo y totalmente, incumpliendo con la diligencia regular y exigible del
art. 1104 CC conforme a las concretas circunstancias del caso».