Sentencia del
Tribunal Supremo de 6 de julio de 2015 (D. IGNACIO SANCHO GARGALLO).
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5. Formulación del motivo segundo de casación. El motivo se basa en la
infracción del art. 34.2.b) LM, en relación con el art. 37 a) LM. En el
desarrollo del motivo se razona que la sentencia recurrida, si bien establece
como indiscutiblemente probado que Autoram, S.L. actúa en el tráfico con su
denominación social, no considera que utilice esta denominación como nombre
comercial y menos aún como marca. Razona que, conforme a la doctrina, si el
signo se emplea únicamente como denominación social, para identificar a la
persona jurídica en el tráfico como sujeto de derechos y obligaciones, no debe
existir incompatibilidad. La incompatibilidad, y la consiguiente infracción, se
produce cuando se emplea la denominación social como marca o nombre comercial
para productos o servicios.
También se razona que el riesgo de confusión debe
analizarse en función de determinados factores que integran la denominada
impresión de conjunto, para el consumidor medio, que en este caso debería
llevar a negar la existencia de riesgo de confusión.
Procede desestimar el motivo por las razones que
exponemos a continuación.
6. Desestimación del motivo segundo de casación. La denominación de
una sociedad mercantil cumple, como en el caso de cualquier persona jurídica,
la función de identificar dicha entidad de entre otras, en el marco de las
relaciones jurídicas, permitiéndosele ser sujeto de derechos y obligaciones, y
por lo tanto capaz de adquirir bienes o celebrar negocios jurídicos con las
limitaciones derivadas de su naturaleza jurídica. Pero la denominación de una
persona jurídica, especialmente en el caso de las sociedades mercantiles, es
susceptible de ser empleada como signo distintivo, cuando sea asociado por el
público al crédito o reputación que, a su juicio, merecen los productos o
servicios que ofrece la empresa.
En torno a esta distinción, esta Sala ha desarrollado su
jurisprudencia, que se contiene, entre otras, en la Sentencia 476/2006, de 18
de mayo: