Sentencia del Tribunal Supremo de 2 de marzo de 2016 (D. FRANCISCO
JAVIER ARROYO FIESTAS).
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PRIMERO.- D.ª Cristina, en representación
de su hija menor Isidora, interpuso demanda contra D. Gervasio y D.ª Adela
(abuelos maternos, y contra D. Virgilio y D.ª Enma (abuelos paternos), en
reclamación de alimentos para la menor Isidora.
Basa la parte recurrente tal demanda
en los siguientes extremos:
a) D.ª Cristina y D. Leoncio, son
padres de una niña llamada Isidora, nacida en Gijón el día NUM000 de 2003.
b) Con fecha 14 de noviembre de 2006
se dictó sentencia por la que se establecían diversas medidas, entre ellas la
atribución de la guarda y custodia de la menor a su madre, D.ª Cristina, el
establecimiento de un régimen de visitas en favor del padre, condenando a este
último al abono mensual de alimentos en favor de la menor en la cantidad de 250
euros mensuales.
c) Con fecha 2 de marzo de 2010
recayó sentencia en sede de modificación de medidas en virtud de la cual se
acuerda suspender las comunicaciones paterno filiales, manteniendo la medida
económica.
d) Mediante comparecencia de 10 de
noviembre de 2010 se acuerda restablecer el régimen de estancias del padre y su
hija, manteniendo la inicial medida económica en los mismos términos en que fue
establecida.
e) El padre de la menor no ha
abonado cantidad alguna en concepto de alimentos a su hija desde el año 2008,
habiendo instado por la demandante varios procedimientos judiciales contra el
padre en reclamación de las cantidades adeudas en concepto de alimentos, tanto
en la jurisdicción civil como penal. En las resoluciones dictadas como
consecuencia de tales procedimientos se indicó que ha quedado acreditada la
absoluta insolvencia del padre, el cual carece de todo tipo de bienes con los
que hacer frente a las necesidades de la hija, teniendo una enfermedad que le
impide incorporarse al mercado laboral.