Sentencia de la
Audiencia Provincial de Asturias (s. 5ª) de 27 de junio de 2014 (D. José María Álvarez Seijo).
PRIMERO.- Los recurrentes alegan frente a la sentencia de
instancia, con carácter previo, que los actores califican el camino litigioso
de privado, y su derecho a usarlo lo basan en una servidumbre de paso
constituida por destino del padre de familia, y "en cierta forma"
como serventía, calificación que efectúan con carácter acumulativo, siendo así
que al demandar únicamente a dichos apelantes resultaba prueba inequívoca de
que los actores los consideraban dueños de la zona debatida, a pesar de lo que
la sentencia había considerado, que no eran propietarios de dicha terreno, y
supliendo la inactividad de la parte actora, que había calificado el paso de
serventía. De ese modo, señala que lo que debió ser un juicio sobre el derecho
de paso de los actores se convirtió en otro sobre el derecho de propiedad de
los demandados.
Afirman a continuación que se ha padecido en la sentencia
un error respecto a la distribución de la carga de la prueba, al haberles
impuesto como demandados la carga de probar la propiedad del terreno
supuestamente ocupado, cuando sería el actor quien debería acreditar los
requisitos relativos al título suficiente e identificación de la cosa, bastando
al demandado con su negativa.
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