Formulario de contacto

Nombre

Correo electrónico *

Mensaje *

Mostrando entradas con la etiqueta Tarjeta de Crédito. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Tarjeta de Crédito. Mostrar todas las entradas

domingo, 14 de junio de 2020

Delito de estafa. Dificultad de tipificación del uso abusivo de tarjetas de crédito o débito. La atenuante de confesión tardía de los hechos como atenuante analógica por haber sido dicha confesión de utilidad para facilitar el desenlace de la investigación. El deber de autoprotección por parte de la víctima de estafa.


Sentencia del Tribunal Supremo de 21 de mayo de 2020 (D. Andrés Palomo del Arco).

[Ver esta resolución completa en Tirant On Line Premium. http://www.tirantonline.com/tol]
SEGUNDO.- El segundo motivo que formula es por infracción de ley del art. 849.1 LECr, por infracción de precepto penal sustantivo, en concreto aplicación incorrecta de los arts. 248 y 249 en relación con el art. 74 del C. Penal, al no ser los hechos constitutivos de delito.
1. Alega que no han quedado acreditadas todas y cada una de la notas configuradoras del tipo penal del delito de estafa previsto y penado en los artículos 248 y 249 del Código Penal y de un delito de atentado del artículo 550 del mismo texto legal (sic). Lapsus calami o clavis aparte, lo que sustenta el motivo es la negativa de la concurrencia del elemento de engaño bastante, pues sostiene que la recurrente actuaba con el consentimiento y el conocimiento de la víctima.
2. El relato de hechos probados, en relación con la recurrente, al que debemos atenernos sin cambio ni alteración alguna en motivo por infracción de ley, describe su participación en relación a los episodios de los pubs, cuando indica que Demetrio e Cirilo, dieron instrucciones a las chicas que acudían al pub, entre ellas a las acusadas que les atendiesen muy bien y especialmente le sirviesen constantemente copas para de este modo disminuir su capacidad de control sobre el pago de las consumiciones; si bien parece que solo le hace responder por una imputación individualizada por los diversos pagos, compras y extracciones realizadas por la acusada con los datos de la tarjeta que en algún caso concreto le había prestado la víctima, sin autorización de este, con ánimo de enriquecimiento injusto.
La calificación más ajustada en la actualidad hubiera sido, dentro de la estafa del art. 248, el apartado c) de su párrafo segundo: Los que utilizando tarjetas de crédito o débito, o cheques de viaje, o los datos obrantes en cualquiera de ellos, realicen operaciones de cualquier clase en perjuicio de su titular o de un tercero.

viernes, 12 de junio de 2020

Nulidad de contrato de tarjeta de crédito revolving. El carácter usurario del interés remuneratorio y la referencia a tomar en cuenta para valorar el carácter usurario o no usurario del tipo de interés.


Sentencia de la Audiencia Provincial de León (s. 1ª) de 12 de marzo de 2020 (D. Ana del Ser López).

[Ver esta resolución completa en Tirant On Line Premium. http://www.tirantonline.com/tol]
PREVIO. - Delimitación del objeto del recurso de apelación.
1.- En el suplico del recurso de apelación interpuesto se solicita la revocación de la sentencia y la desestimación de la demanda con base en los siguientes motivos:
- El interés remuneratorio pactado no es usurario: no concurren los requisitos para declarar el carácter usuario del contrato. El interés remuneratorio aplicado por el Banco no es notablemente superior al interés normal del dinero pues el producto litigioso pertenece a un mercado con entidad propia y distinto del mercado de crédito al consumo.
- La actuación del demandante contraviene sus actos propios, teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde formalización del contrato hasta la interposición de la demanda.
2.- Como argumento principal del escrito de recurso se dice que, conforme a la doctrina interpretativa de la Ley de 23 de julio de 1908 de Represión de la Usura establecida por el Tribunal Supremo en su Sentencia de 25 de noviembre de 2015, la T.A.E. cobrada por el Banco no es notablemente superior al tipo de interés habitual en el mercado de tarjetas de crédito revolving.
PRIMERO. - Jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo sobre el carácter usurario del interés remuneratorio y la referencia a tomar en cuenta para valorar el carácter usurario o no usurario del tipo de interés. Doctrina jurisprudencial sentada en la sentencia del pleno del tribunal 628/2015, de 25 de noviembre y en la Sentencia de 4 de marzo de 2020.