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martes, 8 de noviembre de 2011

Mercantil. Seguros. Seguro obligatorio de viajeros. Lesiones de un viajero al descender de un autobús.

Sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz (s. 5ª) de 18 de julio de 2011. Pte: RAMON ROMERO NAVARRO. (1.538)

SEGUNDO.- La desestimación de la acción ejercitada con base en la inexitencia de culpa en el conductor del autobús, cuestión que no se discute en esta alzada, no empece a lo que pueda decidirse a propósito de la vigencia y operatividad del aseguramiento obligatorio de viajeros, que constituye él ámbito decisorio de este recurso como puso de manifiesto la parte en su escrito de interposición.
El seguro obligatorio de viajeros se configura normativamente como un seguro de accidentes, que es una modalidad aseguradora de cobertura de necesidades abstractas. La obligación del asegurador de abonar la prestación resarcitoria se actualiza, en el momento en que se produce alguno de los eventos objeto de la cobertura, sin consideración alguna a la eventual culpa del asegurado ni del beneficiario de dicha prestación.

viernes, 7 de octubre de 2011

Civil - Obligaciones. Mercantil. Seguros. Daños con motivo de la circulación. Compatibilidad de indemnizaciones con cargo al seguro obligatorio de responsabilidad civil de la LRCSCVM y con cargo al seguro obligatorio de viajeros.

Sentencia del Tribunal Supremo de 19 de septiembre de 2011. JUAN ANTONIO XIOL RIOS. (1.289)

TERCERO.- Compatibilidad de indemnizaciones con cargo al seguro obligatorio de responsabilidad civil de la LRCSCVM y con cargo al seguro obligatorio de viajeros.
A) La cuestión que aquí se suscita ha originado un amplio debate en la doctrina científica y ha recibido respuestas diversas en el ámbito de las Audiencias Provinciales.
1. El criterio contrario a la posibilidad de indemnizar el mismo daño corporal con cargo al seguro obligatorio de viajeros y al de responsabilidad civil ha sido acogido mayoritariamente por las Audiencias Provinciales, siendo ejemplo de ello, junto a la sentencia recurrida, entre otras, las SSAP de Barcelona, Sección 4ª de 30 de marzo de 2006; Madrid, Sección 14ª de 7 de marzo de 2006; Vizcaya, Sección 4ª, de 17 de febrero de 2006; León, Sección 2ª, de 2 de febrero de 2006; Orense, Sección 2ª, de 30 de diciembre de 2004; Córdoba, Sección 1ª, de 25 de noviembre de 2004; Huelva, Sección 1ª, de 19 de diciembre de 2006, Asturias, Sección 6ª, de 12 de febrero, 26 de marzo y 26 de julio de 2.007; La Rioja, Sección 1ª, de 13 de febrero de 2008; Jaén, Sección 2ª, de 26 de junio de 2008; Sevilla, Sección 2ª, de 22 de octubre de 2008; Navarra, Sección 2ª, de 26 de noviembre de 2008, y Asturias, Sección 1ª, de 29 de enero de 2009.