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lunes, 27 de abril de 2015

Penal – P. Especial. Delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros. El facilitar un billete de avión a personas que carecen de permiso de trabajo permitiéndolas pasar por turistas, es una inmigración clandestina.

Sentencia del Tribunal Supremo de 24 de marzo de 2015.

¿Conoces la FUNDACIÓN VICENTE FERRER?. ¿Apadrinarías un niño/a por solo 18 € al mes?. Yo ya lo he hecho. Se llaman Abhiran y Anji. Tienen 7 y 8 años y una mirada y sonrisa cautivadoras.
[Ver esta resolución completa en Tirant On Line Premium. http://www.tirantonline.com/tol]
PRIMERO.- La sentencia objeto de la presente censura casacional condena al recurrente como autor de un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros y otro delito de determinación coactiva de la prostitución, concurriendo la atenuante cualificada de dilaciones indebidas.
El relato fáctico refiere que el acusado contacta con la perjudicada en el hecho a la que ofrece un trabajo en una cafetería que la perjudicada acepta por las necesidades económicas que padecía. A su llegada es recogida en el aeropuerto y trasladada a un local en el que se ejercía la prostitución, conminándola a la realización de actos de prostitución para abonar la deuda que había contraído por el viaje, ascendente a 3.600 euros. Durante el tiempo que la perjudicada estuvo en el local no pudo salir, "solo acompañada de chicas de confianza, desconociendo el código de entrada y salida de que disponía el local" hasta que aprovechando la salida de un cliente escapó y denunció los hechos.
(...)