Sentencia del Tribunal Supremo de 28 de mayo de 2026 (Sentencia: 812/2026, Recurso: 7342/2021, Ponente: RAQUEL BLAZQUEZ MARTIN).
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PRIMERO.- Resumen de antecedentes
La cuestión que debemos resolver en este
recurso extraordinario por infracción procesal y de casación se centra en
determinar si la sentencia que ha condenado solidariamente a varios agentes de
la construcción por vicios o defectos de la edificación produce efectos de cosa
juzgada en el segundo procedimiento, instado por el deudor solidario que ha
hecho frente al pago de la condena, en ejercicio de la acción de repetición
del art. 1145 CC, lo que afecta a la delimitación del objeto de ese
segundo procedimiento y a las alegaciones y pruebas que pueden admitirse en él.
La resolución recurrida consideró que la
sentencia del primer procedimiento no producía efecto positivo de cosa juzgada
en este litigio, valoró las pruebas practicadas acerca de la responsabilidad
individualizada de los distintos agentes de la construcción y eximió a los
arquitectos superiores de los pronunciamientos de condena. La demandante ha
interpuesto un recurso por infracción procesal, que plantea cuestiones
relacionadas con el principio de congruencia, la cosa juzgada y la carga de la
prueba, y un recurso de casación, que defiende con similares argumentos la cosa
juzgada de la sentencia del primer procedimiento que, a su juicio, impide
eximir a los arquitectos superiores de su cuota parte de responsabilidad y
modificar el reparto por partes iguales, y cuestiona la fecha de devengo de los
intereses. Ambos recursos van a ser desestimados.
Son antecedentes necesarios para resolver el
recurso, que resultan de los hechos acreditados o admitidos por las partes y de
las actuaciones de primera y segunda instancia, los siguientes: