Sentencia del Tribunal Supremo de 2 de julio de 2025 (D. MANUEL ALMENAR BELENGUER).
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PRIMERO.- Resumen de antecedentes.
1.-Son antecedentes fácticos de interés no
discutidos o declarados probados en la instancia los siguientes:
i) D.ª Araceli, nacida el NUM000 de 1956, en
Pazuengos (La Rioja), hija de Ricardo y Milagros, ya fallecidos, soltera y sin
hijos, tenía tres hermanos, D. Leon y D. Geronimo y D. Juan Pedro.
ii) En fecha 9 de julio de 2008, D.ª Araceli
concertó un contrato de seguro vitalicio, denominado «Seguros de Ahorro
Previsión», modalidad de seguros «Plan Capital Asegurado», número de contrato
NUM001, póliza NUM002, con la entidad Ibercaja Vida Compañía de Seguros y
Reaseguros S.A.U. (en adelante, Ibercaja).
iii) En la póliza de seguro figuraba la Sra.
Araceli como tomadora/asegurada y beneficiaria en caso de supervivencia al
vencimiento y se consignaba como único beneficiario para el «caso de
fallecimiento del asegurado por cualquier causa de forma previa a la fecha de
vencimiento» a su hermano D. Leon. La aportación inicial por la asegurada
ascendió a 23.600,00 €.
iv) D.ª Araceli acudía todos los días al
domicilio de su hermano para acompañarlo, ayudar en las tareas del hogar y
atender al hijo pequeño de su sobrina D.ª Marta -hija de D. Leon-, que dejaba
al niño en casa de sus padres mientras iba a trabajar, ya que la esposa de D.
Leon salía también a primera hora del día por razones laborales.
(v) El día 29 de abril de 2009, al llegar al
domicilio de su hermano, D.ª Araceli lo encontró vestido con el pantalón de
pijama, una camiseta y unas zapatillas de asa, sin arreglar a pesar de tener
una consulta médica programada. En un momento dado, D. Leon comenzó a golpear a
su hermana hasta que la mató.
(vi) Los mencionados hechos dieron lugar a la
incoación por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 1 de
Logroño de las correspondientes diligencias previas, posteriormente
transformadas en el procedimiento del Tribunal del Jurado 2/2010, en el que,
previa celebración del juicio, en fecha 1 de octubre de 2010, la Audiencia
Provincial de Logroño pronunció sentencia en la que se declaró probado:
«El imputado concibió el propósito de acabar
con la vida de su hermana y, encontrándose Araceli en una habitación de la
casa, cogió dos martillos y golpeó con ellos a su hermana Araceli en la cabeza.
Araceli, que gritaba pidiendo socorro, intentó protegerse de los golpes
interponiendo sus brazos y manos, que recibieron los pactos (sic) de los
martillazos que Leon continuaba asestándole.


