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domingo, 14 de febrero de 2016

Delito continuado de revelación de secretos. Médico de un centro público de salud que había mantenido una relación sentimental con una enfermera también trabajadora del centro de salud. La relación terminó con varios desencuentros que determinaron la incoación de un expediente disciplinario al acusado en el que se tuvo conocimiento de que el médico había accedido a los historiales médicos de la perjudicada y su familia, lo que quedó reflejado en el sistema informático, para lo que ni estaba autorizado ni justificado. Requisito del perjuicio en el acceso a historiales y datos de archivos (art. 197.2 CP). El perjuicio exigido va referido a la invasión de la intimidad y no a la producción de un quebranto económico patrimonial concreto.

Sentencia del Tribunal Supremo de 3 de febrero de 2016 (D. Andrés Martínez Arrieta).

[Ver esta resolución completa en Tirant On Line Premium. http://www.tirantonline.com/tol]
PRIMERO.- La sentencia objeto de la presente censura casacional condena al recurrente como autor de un delito continuado de revelación de secretos y como autor de una falta de injurias leves, siendo absuelto de los delitos de coacciones y de amenazas por los que había sido acusado. En síntesis el relato fáctico refiere que el acusado, médico de un centro público de salud, había mantenido una relación sentimental con una enfermera también trabajadora del centro de salud. La relación terminó con varios desencuentros que determinaron la incoación de un expediente disciplinario al acusado en el que se tuvo conocimiento de que el médico había accedido a los historiales médicos de la perjudicada y su familia, lo que quedó reflejado en el sistema informático, para lo que ni estaba autorizado ni justificado.
SEGUNDO.- Formaliza un segundo motivo en el que denuncia el error de derecho del art. 849.1 de la Ley Procesal penal por la indebida aplicación del art. 197.2 del Código penal. El argumento que esgrime es el de considerar que en la relación fáctica no concurre el requisito típico relativo al ánimo de causar un perjuicio.
Recordamos el relato fáctico que refiere que tras la ruptura de la relación sentimental que mantenían el acusado y la perjudicada desde diciembre de 2009 a febrero de 2011, el acusado accedió a los historiales médicos de la perjudicada y de su familia, relatando las ocasiones en que éste se produjo y lo hizo "sin consentimiento ni conocimiento de la perjudicada... amparado en su condición de funcionario médico de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, que le permitía acceder a los sistemas de información del IB-salut y siendo consciente del compromiso de confidencialidad que había contraído" con anterioridad. El total de accesos es de 171.