Sentencia
del Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Las Palmas de Gran Canaria
de 15 de julio de 2015 (D. Juan José Cobo Plana).
PRIMERO.-
La parte actora reclama los daños sufridos por su vehículo como
consecuencia de una colisión con el vehículo propiedad del
demandado G..
Existen
dos versiones contradictorias.
M.,
que era quien conducía el vehículo propiedad de S., manifiesta que
el vehículo del demandado G. circulaba por la autopista por el
carril izquierdo y al detenerse delante suyo un tercer vehículo no
puede esquivarlo, colisiona con el mismo y por la fuerza del impacto
se desplaza al carril central de la autopìsta. En dicho carril
central circulaba correctamente M. cuando ve cómo el vehículo de
G. invade repentinamente su carril y no puede evitar la colisión.
Por
su parte G. afirma que, efectivamente, circulaba por la autopista por
el carril izquierdo y al detenerse delante suyo un tercer vehículo
no puede esquivarlo y colisiona con el mismo. Pero, contrariamente a
lo manifestado por la parte demandante, su vehículo permanece en
dicho carril izquierdo y es en ese mismo carril donde el vehículo
conducido por M. colisiona por alcance con el suyo.
Pues
bien, resulta que ambos conductores, M. y G., firmaron un parte
amistoso, en presencia de dos agentes de la Guardia Civil.
En
dicho parte amistoso se observa, en el plano con la situación de los
vehículos, cómo el primero de los vehículos así como los
vehículos de M. y G. se encuentran los tres en el carril izquierdo.
Asimismo,
en el punto ocho M. marca con una cruz la siguiente descripción de
la colisión:
“Colisionó
en la parte de atrás al otro vehículo que circulaba en el mismo
sentido y por el mismo carril”.
M.
manifestó en el acto del juicio que no sabía muy bien lo que
firmaba y que él no hizo el dibujo.