Sentencia del Tribunal Supremo (1ª) de 29 de marzo de 2021 (D. José Luis Seoane Spiegelberg).
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PRIMERO.- Antecedentes relevantes
1.- Objeto del proceso
Es objeto del proceso la demanda de
divorcio interpuesta por la actora contra el demandado, en la que solicitó la
disolución del vínculo matrimonial, con las medidas definitivas derivadas de
dicho pronunciamiento, entre las cuales la guardia y custodia de la hija del
matrimonio, que contaba entonces con 7 años de edad, uso de la vivienda
familiar, pensión de alimentos y compensatoria.
2.- La sentencia de primera
instancia
Seguido el procedimiento, en todos
sus trámites, se dictó sentencia por parte del Juzgado de Primera Instancia n.º
1 de DIRECCION000, en la que se decretó la disolución del vínculo matrimonial
que ligaba a los litigantes. Se atribuyó a la madre la guardia y custodia de la
hija del matrimonio, con la fijación de un régimen de visitas a favor del
padre. Se estableció una pensión de alimentos de 200 euros mensuales y una
pensión compensatoria de 300 euros al mes, durante un año, ambas a cargo del
demandado. Igualmente se atribuyó a madre e hija el uso de la vivienda
familiar.
El juzgado denegó la petición de
custodia compartida con el argumento de la situación de grave de conflicto
existente entre los progenitores, materializada en varias denuncias
interpuestas entre ellos y que han dado lugar a una serie de procedimientos
penales todavía no resueltos, situación de tensión que, si bien no trasladada a
la menor, hace inviable, al menos mientras no se resuelven los procedimientos
penales abiertos, el ejercicio de la guardia y custodia compartida. El informe
psicosocial, razona la sentencia, parece inclinarse por la custodia compartida,
si bien condicionada a la resolución del procedimiento penal que se encontraba
en curso.