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jueves, 31 de marzo de 2011

Civil - Contratos. Rescisión de contratos sobre cosas litigiosas.

Sentencia del Tribunal Supremo de 24 de mayo de 2010.

SEGUNDO. El Motivo primero denuncia la infracción del Art. 1291.4 CC y de la jurisprudencia que lo desarrolla pues a pesar de que la sentencia considera que concurren todos los requisitos necesarios para que haya lugar a declarar la rescisión solicitada, no lo hace. Dice que lo que verdaderamente le interesa es que se cumpla el contrato de compraventa si la primera demanda fuera aceptada por el TS. Dice que de acuerdo con la jurisprudencia, se dan todos los requisitos exigidos para que se produzca la rescisión: i) se trata de una cosa litigiosa; ii) los contratos cuya rescisión se solicita han sido celebrados en el procedimiento anterior y la cosa es litigiosa por el hecho de ser objeto de litigio, y iii) esta parte no prestó consentimiento.
Añade que lo decisivo no es que el adquirente de la cosa litigiosa se haya subrogado o no en la posición del vendedor, sino el hecho de haberse realizado una transmisión que implica una alteración de los términos en que se encontraba el debate.
El motivo se desestima.