Sentencia del Tribunal Supremo de 23 de abril de 2025 (D. MANUEL ALMENAR BELENGUER).
[Ver
esta resolución completa en Tirant Prime. https://www.tirantonline.com/tol/documento/show/10527551?index=0&searchtype=substring]
PRIMERO.- Resumen de antecedentes.
1.-Son antecedentes de interés para la
resolución del recurso por infracción procesal y de casación interpuesto por la
parte demandante Asociación de Consumidores y Usuarios de Servicios Generales
los siguientes:
(i) Entre los meses de enero de 2006 y febrero
de 2008, D. Ruperto y D.ª Encarnacion suscribieron con la entidad Banco Banif
S.A. los siguientes contratos para la adquisición de los productos financieros
que se relacionan:
Producto Fecha Inversión Financiación
1. Obligación Eurosto XX 50 25/01/2006
1.400.000,00 € 100% clientes
2. Acciones Neuropharma 18/12/2006 150.015,78
€ 100% clientes
3. Cinco Valores 14/02/2007 400.000,00 € 100%
clientes
4. Bono BSCH ING 26/02/2007 250.000,00 € 100%
clientes
5. Bono Telefónica-RBS 09/03/2007 76.126,96 €
100% clientes
6. Bono BSCH-BBVA 10/04/2007 600.000,00 €
400.000 € Banif
7. Bono Barclays-RBS 1 27/12/2007 600.000,00 €
400.000 € Banif
8. Bono Barclays-RBS 2 08/02/2008 600.000,00 €
400.000 € Banif
(ii) Para financiar las mencionadas
inversiones, D. Ruperto y D.ª Encarnacion concertaron con Banco Banif S.A. tres
contratos de crédito.
(iii) Con posterioridad, las partes celebraron
tres contratos de permuta para sustituir los productos Obligación Eurosto XX
50, Bono BSCH ING y Bono Telefónica-RBS, por los productos PPR Santander 2009,
Santander Totta (26/02/2014) y Abbey National (11/03/2014), respectivamente.
(iv) Los mencionados productos financieros
evolucionaron con pérdidas de diferente cuantía.