Sentencia del Tribunal Supremo de 27 de septiembre de
2017 (D. RAFAEL SARAZA JIMENA).
[Ver esta resolución
completa en Tirant On Line Premium. http://www.tirantonline.com/tol]
TERCERO.- Existencia
de maquinación fraudulenta por realizarse el acto de comunicación por edictos
pese a conocer la parte demandante el domicilio personal de la demandada
1.- Como se ha expuesto anteriormente, la parte
demandante no comunicó al juzgado el domicilio personal de la demandada, en el
que esta había recibido algún burofax remitido por la parte demandante, pese al
resultado negativo del acto de comunicación practicado en el local objeto de la
acción de desahucio, lo que determinó que se citara a la demandada por edictos
y no llegara a su conocimiento la existencia del proceso.
2.- La sentencia 307/2017, de 17 de mayo,
con cita de otras anteriores, declaró:
«1.- Como recordaba la sentencia de 1 de marzo de 2016, acudiendo
a las de 10 de junio de 2013 y 15
de octubre de 2012, tiene dicho la Sala que la maquinación fraudulenta «[c]
onsiste en una actuación maliciosa que comporte aprovechamiento deliberado de
determinada situación, llevada a cabo por el litigante vencedor, mediante actos
procesales voluntarios que ocasionan una grave irregularidad procesal y
originan indefensión ( SSTS de 5 de julio de 1994, 22 de mayo de 1996
y 19 de febrero de 1998 ).
»2.- Una de las manifestaciones de la maquinación fraudulenta que permite
la revisión de la sentencia es aquella en que incurre quien ejercita una acción
judicial cuando oculta el domicilio de la persona contra la que estaba
dirigida, alegando que lo desconoce para interesar que se le emplace por
edictos y se sustancie el procedimiento en rebeldía ( STS de 14 mayo 2003,
9 de mayo de 2007, 6 de septiembre de 2007 ). Esta causa de
revisión ha sido relacionada por la jurisprudencia con el derecho a la tutela
judicial efectiva y con el carácter subsidiario que, según la jurisprudencia
constitucional, debe tener el emplazamiento o citación por edictos, de tal
manera que solo cabe acudir a él como última solución cuando no se conoce el
domicilio de la persona que deba ser notificada o se ignora su paradero por
haber mudado de habitación.