Sentencia del Tribunal Supremo de 9 de septiembre de 2026 (Sentencia: 1399/2026, Recurso: 5672/2023, Ponente: PEDRO JOSE VELA TORRES).
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PRIMERO.- Resumen
de antecedentes
1.- El 19 de febrero
de 2009, con ocasión de la subrogación en préstamo hipotecario concertado con
Caja de ahorros de Vitoria y Álava de D.ª Celestina, que tenía la condición
legal de consumidora, se acordó la novación modificativa del préstamo,
incluyéndose entre las estipulaciones la de subrogación o apertura del 0,20%
sobre el importe del préstamo.
2.- D.ª Celestina,
presentó una demanda contra la entidad prestamista, en la que solicitaba la
nulidad de la mencionada cláusula y la restitución de las cantidades abonadas
como consecuencia de su aplicación.
3.- Tras la
oposición de la parte demandada, la sentencia de primera instancia estimó la
demanda, declarando la nulidad de la citada cláusula de comisión de
apertura-subrogación, condenando a la entidad prestamista a pagar a la
demandante las cantidades abonadas por tal concepto.
4.- La Audiencia
Provincial desestimó el recurso de apelación formulado por la entidad
prestamista, por considerar que no se ha acreditado información precontractual,
y nada consta sobre la entrega de la oferta vinculante al cliente a la que ni
se hace mención en la escritura publica
5.- La entidad de
crédito demandada interpuso un recurso de casación contra la sentencia de la
Audiencia Provincial, que fue admitido a trámite.