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martes, 13 de diciembre de 2011

Procesal Civil. Documentos públicos. Eficacia probatoria del acta notarial de manifestaciones.

Sentencia de la Audiencia Provincial de Las Palmas (s. 5ª) de 26 de octubre de 2011 (D. VICTOR MANUEL MARTIN CALVO).

SEGUNDO.- (...) Tampoco las manifestaciones efectuadas ante Notario por un tal Miguel, supuesto encargado de la empresa Termomármol Brito S.L. - documento no 63 de la demanda- acreditan tal retraso. Dichas manifestaciones carecen de eficacia probatoria ya que es imprescindible que las mismas se ratifiquen en el acto del juicio oral, sometidas a contradicción. Es reiterada la jurisprudencia del Tribunal Supremo (STS 27 de febrero de 1998, 20 de diciembre de 1999, 16 de marzo de 2001, 21 de mayo de 2001, 25 de noviembre de 2004, entre otras muchas), según la cual 'el acta notarial de manifestaciones es un elemento probatorio que establece la realidad de que los otorgantes han hecho ante Notario determinadas declaraciones pero no la realidad intrínseca de éstas que pueden ser desvirtuadas por prueba en contrario'.

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