Sentencia del
Tribunal Supremo de 4 de julio de 2014 (D. Julián Artemio Sánchez Melgar).
QUINTO.- (...) El segundo motivo plantea por la
vía de infracción legal, un tema estrictamente jurídico, como es la falta de
aplicación del subtipo agravado de notoria importancia que exige el transporte
de más de 750 gramos puros de cocaína, a los efectos dispuestos en el subtipo
definido en el art. 369.1.5ª, siendo así que la recurrente llevaba una botella
de ron en donde se había camuflado la referida sustancia estupefaciente, con un
peso neto reducido a pureza de 449 gramos y neto de 736,3 gramos, mientras
Marcelino llevaba en su maleta dos botellas de ron, con un peso de 817 gramos
de idéntica naturaleza (neto de 1.276,6 gramos) .
El motivo no puede ser estimado.
Dice la reciente Sentencia de esta Sala Casacional
547/2014, de 4 de julio, que «constituye una regla de experiencia que el
reparto de la droga entre varios transportistas para no alcanzar cada uno de
ellos aisladamente el límite de la notoria importancia, y en consecuencia
disminuir el riesgo penal, constituye una práctica muy frecuente en el tráfico
de estupefacientes transfronterizo. La atribución de la totalidad de la droga
ocupada a cada una de las acusadas que se la habían repartido previamente
constituye, en consecuencia, una inferencia razonable, y la atribución de la
responsabilidad penal agravada por la notoria importancia es procedente pues
todas las acusadas han participado voluntariamente en el conjunto de la
operación de tráfico».
Las Palmas de Gran Canaria - Casa Colón, Gran Canaria. http://www.turismodecanarias.com/ |
Esto es lo que ocurre en el caso de autos, se trata de un
viaje conjunto de una pareja con el transporte en común de tres botellas de ron
con droga dentro que se reparten de forma casual (de la manera en que son
aprehendidas), ya que los dos acusados declararon que la ropa venía
aleatoriamente distribuida en dos maletas, sin distinción del contenido de una
u otra maleta como de uno u otro, pues iban prendas de ropa indistintamente en
cada una de las dos maletas.
El motivo no puede prosperar.
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